miércoles, 27 de febrero de 2008

República Bolivariana de Venezuela.
Ministerio del Poder Popular para la Educación.
Unidad Educativa Colegio “San Luís Rey”.
Villa de Cura- Edo. Aragua.






Ejecución Financiera de los Presupuestos y Aplicación de los Principios Presupuestarios.







Profesor: Integrantes:
Quintero, Carlos Zapata, Verusska #24
Alayon, Stefany #11
2º Comercio.




Febrero, 2008




Ejecución Financiera de los Presupuestos y Aplicación de los Principios Presupuestarios.

Los presupuestos como tal, son un plan dirigidos a cumplir una meta prevista, que se expresan en valores y términos financieros, los cuales deben llevarse acabo durante un cierto tiempo y bajo ciertas condiciones. Es así como pueden clasificarse desde diversos puntos de vista:
1. Según la flexibilidad
· Rígidos, estáticos, fijos o asignados
Son aquellos que se elaboran para un único nivel de actividad y no permiten realizar ajustes necesarios por la variación que ocurre en la realidad. Dejan de lado el entorno de la empresa (económico, político, cultural etc.). Este tipo de presupuestos se utilizaban anteriormente en el sector público.
· Flexibles o variables
Son los que se elaboran para diferentes niveles de actividad y se pueden adaptar a las circunstancias cambiantes del entorno. Son de gran aceptación en el campo de la presupuestación moderna. Son dinámicos adaptativos, pero complicados y costosos.
2. Según el periodo de tiempo
· A corto plazo
Son los que se realizan para cubrir la planeación de la organización en el ciclo de operaciones de un año. Este sistema se adapta a los países con economías inflacionarias.
· A largo plazo
Este tipo de presupuestos corresponden a los planes de desarrollo que, generalmente, adoptan los estados y grandes empresas.
3. Según el campo de aplicación en la empresa
· De operación o económicos
Tienen en cuenta la planeación detallada de las actividades que se desarrollarán en el periodo siguiente al cual se elaboran y, su contenido se resume en un Estado de Ganancias y Pérdidas. Entre estos presupuestos se pueden destacar:
*Presupuestos de Ventas: Generalmente son preparados por meses, áreas geográficas y productos.
*Presupuestos de Producción: Comúnmente se expresan en unidades físicas. La información necesaria para preparar este presupuesto incluye tipos y capacidades de máquinas, cantidades económicas a producir y disponibilidad de los materiales.
· Presupuesto de Compras
Es el presupuesto que prevé las compras de materias primas y/o mercancías que se harán durante determinado periodo. Generalmente se hacen en unidades y costos.
· Presupuesto de Costo-Producción: Algunas veces esta información se incluye en el presupuesto de producción. Al comparar el costo de producción con el precio de venta, muestra si los márgenes de utilidad son adecuados.
· Presupuesto de flujo de efectivo: Es esencial en cualquier compañía. Debe ser preparado luego de que todas los demás presupuestos hayan sido completados. El presupuesto de flujo muestra los recibos anticipados y los gastos, la cantidad de capital de trabajo.
· Presupuesto Maestro: Este presupuesto incluye las principales actividades de la empresa. Conjunta y coordina todas las actividades de los otros presupuestos y puede ser concebido como el "presupuesto de presupuestos".
4. Financieros
En estos presupuestos se incluyen los rubros y/o partidas que inciden en el balance. Hay dos tipos: 1) el de Caja o Tesorería y 2) el de Capital o erogaciones capitalizables.
· Presupuesto de Tesorería
Tiene en cuenta las estimaciones previstas de fondos disponibles en caja, bancos y valores de fáciles de realizar. Se puede llamar también presupuesto de caja o de flujo de fondos porque se utiliza para prever los recursos monetarios que la organización necesita para desarrollar sus operaciones. Se formula por cortos periodos mensual o trimestralmente.
· Presupuesto de erogaciones capitalizables
Es el que controla, básicamente todas las inversiones en activos fijos. Permite evaluar las diferentes alternativas de inversión y el monto de recursos financieros que se requieren para llevarlas a cabo.
5. Según el sector de la economía en el cual se utilizan
· Presupuestos del Sector Público
Son los que involucran los planes, políticas, programas, proyectos, estrategias y objetivos del Estado. Son el medio más efectivo de control del gasto público y en ellos se contempla las diferentes alternativas de asignación de recursos para gastos e inversiones.
· Presupuestos del Sector Privado
Son los usados por las empresas particulares,. Se conocen también como presupuestos empresariales. Buscan planificar todas las actividades de una empresa.
La Ley Orgánica de Régimen Presupuestario establece los principios y normas básicas que deben regir el proceso presupuestario de los organismos del sector público y los órganos que están sujetos a ella, que son: El Poder Nacional, los institutos autónomos, los servicios autónomos sin personalidad jurídica, y las personas de derecho público en la que los primeros tengan participación, las sociedades en las cuales el Poder Nacional y demás personas a que se refiere la L.O.R.P. y que tengan participación igual o mayor al cincuenta por ciento (50%) del capital social, y quedan comprendidas, además, las sociedades de propiedad totalmente estatal, cuya función a través de la posesión de acciones de otras sociedades, sea coordinar la gestión empresarial pública de un sector de la economía nacional, las sociedades en las cuales las personas a que se refiere el ordinal anterior tengan participación igual o mayor al cincuenta por ciento (50%), los Estados y los Municipios y las fundaciones y asociaciones civiles constituidas o dirigidas por alguna de las personas referidas en el presente artículo; o aquellas de cuya gestión pudieran derivarse compromisos financieros para esas personas, cuando dichos compromisos o la totalidad de los aportes presupuestarios o contribuciones en un ejercicio, efectuados por una o varias de las personas referidas en esta descripción, y representen el cincuenta por ciento (50%) o más de su presupuesto.
Por lo tanto los presupuestos públicos deben expresar los planes nacionales, regionales y locales, elaborados dentro del marco del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación y las de líneas generales de dicho Plan aprobados por el Congreso de la República en aquellos aspectos que exigen, por parte del sector público, captar y asignar recursos conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social e institucional del país. El Plan Operativo Anual Nacional deberá ser presentado al Congreso en la misma oportunidad en la cual se efectúe la presentación formal del Proyecto de ley de Presupuesto.
El Ejecutivo Nacional, es el encargado del resguardo del equilibrio presupuestario de la forma siguiente:

1. En el Presupuesto de Ingresos:

a) Eliminará los ramos de ingresos que no pueden ser recaudados nuevamente.
b) Suprimirá los ingresos provenientes de operaciones de crédito público autorizadas, en la cuantía en que fueron utilizados.
c) Excluirá las reservas del Tesoro correspondientes al ejercicio fiscal anterior, en caso que el Presupuesto que se reconduce hubiere previsto su utilización.
d) Estimará cada uno de los ramos de ingresos para el nuevo ejercicio.
e) Incluirá los recursos extraordinarios provenientes de operaciones de crédito público, cuya percepción deba ocurrir en el ejercicio correspondiente.

2. En el Presupuesto de Gastos:

a) Eliminará los créditos presupuestarios que no deben repetirse, por haberse cumplido los fines para los cuales fueron previstos.

b) Incluirá la asignación por concepto del Situado Constitucional correspondiente a los ingresos ordinarios que se estimen para el nuevo ejercicio, y los aportes legales que deban ser hechos de conformidad con lo establecido por leyes vigentes para la fecha de presentación del Proyecto de Ley de Presupuesto respectivo.

c) Incluirá los créditos presupuestarios indispensables para el servicio de la deuda pública y las cuotas que el Fisco Nacional deba aportar por concepto de compromisos derivados de la ejecución de tratados internacionales.

d) Incluirá los créditos presupuestarios indispensables para asegurarla continuidad y eficiencia de la administración del Estado y, en especial, de los servidos educativos, sanitarios, asistenciales y de seguridad.

3. En los objetivos, programas y metas:

Adaptará los objetivos, programas y metas a los ingresos y créditos presupuestarios que resulten de los ajustes anteriores.

4. En relación al personal a su servicio:
Mantendrá al personal a su servicio en un número igual o inferior al del Presupuesto Reconducido, sin perjuicio de que, previa autorización expresa del Congreso de la República o de la Comisión Delegada, pueda incrementar su número. Las modificaciones en las remuneraciones sólo podrán provenir de convenios celebrados o de decretos ejecutivos dictados con anterioridad a la fecha de introducción del Proyecto de Ley de Presupuesto ante el Congreso de la República.
Por lo tanto La ejecución del Presupuesto de Ingresos se regí por la Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional y por las leyes especiales. Las oficinas liquidadoras de rentas deberán enviar a la Tesorera Nacional, a la Dirección Nacional de Contabilidad Administrativa y a la Oficina Central de Presupuesto, una relación mensual de los ingresos, cuyo contenido será establecido en el Reglamento de esta Ley.

La Tesorería Nacional llevará la contabilidad a que se refiere la Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional e informará a la Oficina Central de Presupuesto semanalmente sobre los resultados obtenidos.
En el Presupuesto de Gastos se incorporará una partida denominada "Rectificaciones al Presupuesto" cuyo monto no podrá ser inferior al 0,50 % ni superior al 1% de los ingresos ordinarios estimados en la Ley de Presupuesto. El Ejecutivo Nacional podrá disponer del crédito asignado a esta partida para atender gastos imprevistos que se presenten en el transcurso del ejercicio o para aumentar los créditos presupuestarios que resultaren insuficientes, sin otra condición que la contenida en el aparte siguiente.

La utilización de esta partida deberá ser autorizada por el Presidente de la República, en Consejo de Ministros, y la decisión será publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela. Salvo para casos de emergencia, los recursos de esta partida no podrán, en ningún caso, destinarse a crear partidas nuevas ni a cubrir gastos cuyas asignaciones en el Presupuesto de Gastos hayan sido previamente disminuidas en el mismo ejercicio presupuestario, mediante operaciones de traspasos de créditos presupuestarios o declaratorias de insubsistencia.

En el Presupuesto de Gastos se incorporará una partida denominada "Rectificaciones al Presupuesto" cuyo monto no podrá ser inferior al 0,50 % ni superior al 1% de los ingresos ordinarios estimados en la Ley de Presupuesto. El Ejecutivo Nacional podrá disponer del crédito asignado a esta partida para atender gastos imprevistos que se presenten en el transcurso del ejercicio o para aumentar los créditos presupuestarios que resultaren insuficientes, sin otra condición que la contenida en el aparte siguiente.

La utilización de esta partida deberá ser autorizada por el Presidente de la República, en Consejo de Ministros, y la decisión será publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela. Salvo para casos de emergencia, los recursos de esta partida no podrán, en ningún caso, destinarse a crear partidas nuevas ni a cubrir gastos cuyas asignaciones en el Presupuesto de Gastos hayan sido previamente disminuidas en el mismo ejercicio presupuestario, mediante operaciones de traspasos de créditos presupuestarios o declaratorias de insubsistencia.

Entonces podemos definir los principios presupuestarios que se clasifican:
Principios de Previsión
Son tres:
1)Predictibilidad,
2)Determinación cuantitativa y,
3)Objetivo.
Principios de Planeación
Se destacan:
1)Previsión.
2)Costeabilidad,
3)Flexibilidad,
4)Unidad,
5)Confianza,
6)Participación,
7)Oportunidad y,
8) Contabilidad por áreas de responsabilidad.
PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÓN
Son:
1)Orden y
2)Comunicación.
PRINCIPIOS DE DIRECCIÓN
Se destacan:
1)Autoridad y
2)Coordinación.
PRINCIPIOS DE CONTROL
Son:
1)Reconocimiento,
2)Excepción,
3)Normas y, Conciencia de Costos.







Conclusión.
La importancia de la ejecución financiera de los prepuestos es que la mayoría son útiles en las organizaciones como: Utilitaristas (compañías de negocios), no-utilitaristas (agencias gubernamentales), grandes (multinacionales, conglomerados) y pequeñas empresas, también ayudan a minimizar el riesgo en las operaciones de la organización y por medio de los estos se mantiene el plan de operaciones de la empresa en unos límites razonables, igualmente sirven como mecanismo para la revisión de políticas y estrategias de la empresa y direccionalas hacia lo que verdaderamente se busca, facilitan que los miembros de la organización, cuantifican en términos financieros los diversos componentes de su plan total de acción, sus procedimientos inducen a los especialistas de asesoría a pensar en las necesidades totales de las compañías, y a dedicarse a planear de modo que puedan asignarse a los varios componentes y alternativas la importancia necesaria, se usan como medios de comunicación entre unidades a determinado nivel y verticalmente entre ejecutivos de un nivel a otro. Una red de estimaciones presupuestarias se filtran hacia arriba a través de niveles sucesivos para su ulterior análisis.
Permitiendo Planear integral y sistemáticamente todas las actividades que la empresa debe desarrollar en un periodo determinado, controlar y medir los resultados cuantitativos, cualitativos y, fijar responsabilidades en las diferentes dependencias de la empresa para logar el cumplimiento de las metas previstas, coordinar los diferentes centros de costo para que se asegure la marcha de la empresa en forma integral.







BIBLIOGRAFÍA
www.google.com
Ley Orgánica de Régimen Presupuestario
www.rincondelvago.com
BURBANO, Jorge y ORTIZ, Alberto. Presupuestos: Enfoque Moderno de Planeación y Control de Recursos. Mc Graw Hill Bogotá. Segunda Edición.
NATIONAL ASSOCIATION OF ACCOUNTANTS. Financial analysis to guide capital expenditure decisions. Research Report 43. New York. 1967.

SARMIENTO, Euclides Alfredo. Los presupuestos teoría y aplicaciones. Universidad Distrital. Bogotá. 1989.

martes, 26 de febrero de 2008

menor trabajador y mujer embarazada #24

República Bolivariana de Venezuela.
Ministerio del Poder Popular para la Educación.
Unidad Educativa Colegio “San Luis Rey”.
Villa de Cura- Edo. Aragua.









Disposiciones legales relacionadas con el menor trabajador y la mujer embarazada.









Profesor: Integrante:
Quintero, Carlos Zapata, Verusska #24
2º Comercio.




Febrero, 2008


Disposiciones legales relacionadas con el menor trabajador y la mujer embarazada.

Las disposiciones legales relacionadas con el menor trabajador y la mujer embarazada son ordenamientos establecidos para la protección de estos, es así como la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica del Trabajador, la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y del Adolescente y la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en varios de sus artículos ampara el desenvolvimiento laboral del menor trabajador y la mujer embarazada.

Para el menor trabajador se requiere tener como edad mínima 14 años; ya que ante la ley tiene el derecho a celebrar válidamente actos, contratos y convenios colectivas relacionados con su actividad laboral y económica; así como, para ejercer las respectivas acciones para la defensa de sus derechos e intereses, inclusive, el derecho de huelga, ante las autoridades administrativas y judiciales competentes, y se señala al Poder Ejecutivo Nacional quien es el que puede fijar mediante un decreto, las edades mínimas por encima del límite señalado, por lo tanto gozan de ser amparados mediante medidas de protección y deben garantizar al niño trabajador su sustento diario, y como requisito fundamental deben estar inscritos en el registro de adolescentes trabajadores que le otorga una credencial que los identifica como adolescentes trabajadores. Con respecto ala jornada de trabajo está no podrá exceder de seis horas diarias y deberá dividirse en dos periodos, los cuales no pueden ser mayor de cuatro horas, y disfrutarán de un descanso de una hora, el trabajo semanal no podrá exceder de treinta horas y se prohíbe el trabajo de horas extraordinarias. Igualmente tiene derecho como todo trabajador a disfrutar de un periodo de vacaciones pero de 22dias hábiles con su respectiva remuneración y no puede acumularlas, tiene que gozar de ellas cuando le correspondan. El patrono esta en la obligación de inscribirlo en el sistema de seguridad social, inmediatamente después de su ingreso al empleo; para que pueda disfrutar de todos los beneficios, prestaciones económicas y servicios de salud que brinda el sistema

En el caso de la mujer embarazada se debe conceder especial protección a las madres durante un período de tiempo razonable antes y después del parto. Durante dicho período, a las madres que trabajen se les debe conceder licencia con remuneración o con prestaciones adecuadas de seguridad social. Sucesivamente gozarán de todos los derechos; así como también serán protegidas por la ley, ya que no podrán hacer esfuerzos físicos que sean capaces de producir el aborto o impedir el desarrollo normal del feto, tampoco podrán ser trasladadas de su lugar de trabajo a menos que se requiera por razones de servicio, y la normativa que es sumamente importante es que gozan de la inamovilidad laboral durante su embarazo por lo menos durante un año después de su parto. Entre las obligaciones que deben cumplir los patrones es que si tiene más de20trabajadores le corresponde mantener una guardería infantil donde puedan dejar sus hijos durante la jornada de trabajo y se establecen distintas formas de descanso y permiso como:
a. Permiso Prenatal: Es el descanso de 6 semanas anterior al nacimiento del hijo/a. El médico que tenga a su cargo la atención de la mujer, determina la fecha probable de nacimiento para efectos de este permiso.
b. Permiso Prenatal Suplementario: Procede si la mujer presenta una enfermedad causada por el embarazo, anterior a las 6 semanas nombradas precedentemente.
c. Descanso Postnatal: Es el período de descanso de 12 semanas posterior al nacimiento del hijo/a. Este permiso corresponde también a la trabajadora o trabajador que tenga a su cuidado un menor de edad inferior a 6 meses, por habérsele otorgado judicialmente la tuición como medida de protección.
d. Extensión del Postnatal: Procede si la mujer, al término del período postnatal, presenta una enfermedad comprobada por certificado médico, cuya causa es el nacimiento.
e. Permiso por Enfermedad del Niño/a: Se otorga cuando un niño/a menor de 1 año que se tenga bajo tuición o cuidado personal por resolución judicial.
f. Permiso por Tuición: Procede en el caso de un hijo/a menor de 6 meses de edad que se tenga bajo tuición o cuidado personal por resolución judicial.
g. Permiso para dar Alimento: En el caso de los hijos menores de 2 años.
El descanso postnatal y las vacaciones son derechos independientes, si ambos coinciden, el segundo debe hacerse efectivo una vez reintegrada la trabajadora a sus labores.












Conclusión.


Las disposiciones legales expuestas anteriormente solo pretenden beneficiar y proteger al menor trabajador y ala mujer embarazada; ya que los niños son el futuro de todo país y de alguna forma busca brindarle seguridad para su desarrollo en la sociedad, mientras que para la mujer embarazada se puede decir se trata de resguardar su dignidad como mujer, para fomentar así los valores y constituir una mejor sociedad, ya que la familia es pilar fundamental dentro del entorno social.